El contrato de consumo tiene como objeto una relación jurídica patrimonial en la cual intervienen un consumidor y un proveedor para la adquisición de productos o servicios a cambio de una
contraprestación económica.
El contenido de la oferta, promoción o publicidad, las características y funciones propias del producto o servicio y las condiciones y garantías ofrecidas obligan a los proveedores y son exigibles
por los consumidores, aun cuando no figuren en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido.
¿Si no he firmado un contrato de consumo, no accedo a la protección de las normas de consumidor?
La protección al consumidor comienza desde la relación de consumo. La relación de consumo es la relación por la cual un consumidor adquiere un producto o contrata un servicio con un proveedor a
cambio de una contraprestación económica.
El Código protege al consumidor, se encuentre directa o indirectamente expuesto o comprendido por una relación de consumo o en una etapa preliminar a ésta.